Sentencias de Unificación
El artículo 270 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se ha encargado de señalar lo que debe entenderse por sentencia de unificación, así:
"ARTÍCULO 270. SENTENCIAS DE UNIFICACIÓN JURISPRUDENCIAL. Para los efectos de este Código se tendrán como sentencias de unificación jurisprudencial las que profiera o haya proferido el Consejo de Estado por importancia jurídica o trascendencia económica o social o por necesidad de unificar o sentar jurisprudencia; las proferidas al decidir los recursos extraordinarios y las relativas al mecanismo eventual de revisión previsto en el artículo 36A de la Ley 270 de 1996, adicionado por el artículo 11 de la Ley 1285 de 2009."
A continuación podrá consultar por Tema las Sentencias de Unificación proferidas por el Honorable Consejo de Estado:
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